CONDENADO José Esteban Esteban Alcalde del PSOE (1999-2007) de Miraflores de
la Sierra- Madrid por Prevaricación Administrativa. Art. 404 del Código Penal.
APROBÓ la Urbanización que invadía el Dominio Público
Hidráulico, pese a las reiteradas alegaciones vecinales ante los Proyectos
presentados
La Plataforma vecinal “SOS
Miraflores” y Ecologistas en Acción indicaron con Informes la improcedencia de
la misma por motivos medioambientales, geológicos y legales.
Inhabilitado para el ejercicio de
la función pública por nueve años.
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En 26 de enero de 2007, el
Alcalde de Miraflores de la Sierra (PSOE) aprobó definitivamente EL Proyecto de
Urbanización del PU-23 “El Tomillar”,
pese a que durante varios meses, el movimiento vecinal agrupado alrededor de la
Asociación “SOS Miraflores”, se venía oponiendo a la realización de la citada
urbanización, basándolo en informes Geológicos que la desaconsejaban: Estaba
proyectada en unas pendientes imposibles de llevar acabo, sin descarnar la
montaña, como al final se comprobó, con una descomposición granítica que
obligaba a hacer bancales desproporcionados, con muros de hormigón de más de
cuatro metros de alto.
Así mismo el Proyecto y la
realización posterior de los muros, invadía el cauce del arroyo del Carrascal,
apropiándose de Dominio Público Hidráulico, sin autorización ni conocimiento de
la Confederación Hidrográfica del Tajo y aprobando el Decreto de autorización,
sin esperar los informes requeridos por los Técnicos del propio Ayuntamiento,
preceptivos y vinculantes de la citada Confederación. Posteriormente la propia
Confederación en 2008, resolvió denegar la autorización.
Ecologistas en Acción denunció
los hechos en el Juzgado y la Instrucción del Procedimiento se realizó por el
nº 1 de Colmenar Viejo que decidió paralizar las obras que se llevaban acabo.
En ese momento se habían levantando
cuatro muros que iban a hacer de contención de la ladera, por la ilegalidad,
peligrosidad y la apropiación del Dominio Público referida .
E.A. ha ejercitado la Acusación Particular
desde el mismo momento y ha trasladado a la Jurisdicción Penal, lo que los
vecinos venían intentando ante el Alcalde, con los argumentos referidos y
llamándolos al procedimiento para que expresaran lo que habían planteado
reiteradamente.
La condena contempla las penas
establecidas en el artículo 404 del Código Penal, para la Autoridad que a
sabiendas de su injusticia dicta una resolución arbitraria en un asunto
administrativo, roza el máximo NUEVE AÑOS, debido a la contumacia en las
decisiones ilegales.
Quedan aún los cuatro muros de
hormigón, como homenaje a la negligencia urbanística que el actual Ayuntamiento
mantiene, por si la ciudadanía baja la guardia y consiguen construir pese a las
sentencias condenatorias.
Más información Félix 606135406
(E.A. y SOS Miraflores) .
Juan Manuel López Abogado 687402325
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